Al cumplirse los tres años de mandato de la actual Junta de Gobierno, de conformidad con lo establecido en las Reglas de esta Hermandad y en las Normas Diocesanas de 2016 vigentes que modifican o complementan algunos aspectos de las actuales Reglas, el Cabildo de Oficiales, en sesión celebrada el pasado día 16 de febrero ha acordado convocar CABILDO GENERAL ORDINARIO DE ELECCIONES, el cual tendrá lugar -D.m.- el martes 24 de octubre del presente año de 2017.
En consecuencia, la Junta de Gobierno, de acuerdo con la Regla 69ª y para el mejor desarrollo del cabildo, ha dispuesto las siguientes normas.
Normas de desarrollo
1ª. Cargos a elegir
Según prescriben nuestras Reglas, la composición de la Junta de Gobierno a elegir será la recogida en la Regla 79ª.
2ª. Condiciones para ser candidato
Para ser elegido miembro de la Junta de Gobierno, según preceptúa en su apartado 4º la Regla 17, es necesario tener cumplidos los dieciocho años de edad y tres años al menos de pertenencia a la Hermandad, que serán treinta años cumplidos y diez años de antigüedad para los cargos de Hermano Mayor, Teniente de Hermano Mayor y Consiliarios, así como estar en posesión de las cualidades requeridas para el desempeño de cargos directivos y gozando de las condiciones exigidas por los artículos 32 y 33 de las Normas Diocesanas y por las Reglas, especialmente lo establecido en el párrafo segundo de la Regla 69ª.
3ª. Comisión Electoral
De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de las Normas Diocesanas la Junta de Gobierno ha designado una Comisión Electoral integrada por tres hermanos mayores de 18 años y cuyo cometido será velar por el correcto desarrollo del proceso electoral y que podrá ampliarse con un miembro designado por cada uno de los candidatos a Hermano Mayor, una vez proclamadas las candidaturas. La Comisión actuará en todo momento en comunicación con la Junta de Gobierno y finalizará su cometido en el momento que se constituya la Mesa Electoral el día de las elecciones.
4ª. Candidaturas
Los hermanos con derecho a ello, conforme a la Regla 17ª, podrán formar parte de candidaturas en los cargos en los que consideren puedan prestar su mejor servicio a la Hermandad para el cumplimiento de sus fines.
Al tener las elecciones la modalidad de candidaturas cerradas, las que se presenten han de ser completas, ya que no es posible que entren en votación dos o más candidatos para un mismo cargo. Ninguna candidatura tendrá el carácter de oficial u orientativa, gozando todas las que puedan formarse de idénticos derechos y oportunidades.
Sólo se podrá dar el voto a una candidatura presentada, o votar en blanco. Cualquier enmienda o tachadura sobre el nombre de un candidato, o la inclusión de otro no presentado o de otra candidatura, anulará la papeleta.
5ª. Plazo de presentación y publicación de candidaturas
El plazo de presentación de candidaturas se abrirá el próximo día 24 de agosto, jueves, y se cerrará el 24 de septiembre, domingo, realizándose personalmente por la persona que las encabece como Hermano Mayor en la Secretaría de la Hermandad, dentro de los días indicados, los martes y jueves laborables en horas de 21 a 22 horas, entregándosele certificado de haber sido presentada la misma.
De acuerdo con el artículo 44.9 de las Normas Diocesanas, concluido el plazo anterior, la Junta de Gobierno publicará las mismas y, con el visto bueno de la Comisión Electoral, comunicará la relación de los candidatos a la Delegación Episcopal para Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, especificando quienes se presentan al cargo de hermano Mayor, acompañada de certificación del Secretario acreditando el cumplimiento de los requisitos establecidos en las Normas Diocesanas y en las Reglas.
6ª. Electores
Para tener derecho al voto es preciso tener cumplido los 18 años de edad en el día de la votación, contar con un año al menos de antigüedad en la Hermandad, estar incluido en el censo de electores y al corriente del pago de las cuotas.
No es posible el voto por correo al no contemplarlo las Reglas vigentes.
Para ejercitar el voto será imprescindible la presentación del D.N.I. u otro documento análogo de carácter oficial (pasaporte o permiso de circulación).
7ª. Lugar y duración de la votación
La votación tendrá lugar en la Casa de Hermandad (c/ Daoiz, nº 17) y, al tener el Cabildo carácter abierto, la votación se desarrollará entre el momento que el Hermano Mayor declare abierta la misma y hasta las 22,30 horas del mismo día.
La Mesa Electoral que se constituirá para la votación estará presidida, de conformidad con el artículo 46 de las Normas Diocesanas, por el representante o representantes de la Autoridad eclesiástica nombrados por el Delegado Episcopal para Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías.
Formarán también parte de la mesa el Secretario saliente y dos vocales de Mesa escrutadores designados, de acuerdo con la Regla 71 por el representante de la Autoridad eclesiástica, de entre los hermanos presentes con derecho a voto, sin que ninguno de ellos pertenezca a ni a la Junta de Gobierno cesante ni a las candidaturas presentadas. Cada una de las candidaturas presentadas podrá nombrar un interventor, que también figurará en la Mesa Electoral.
8ª. Exposición del Censo Electoral y pago de cuotas pendientes
De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de las Normas Diocesanas y en la Regla 68ª, el censo de hermanos con derecho a voto en dicho Cabildo estará a disposición de los hermanos en Secretaría para comprobar personalmente su inserción en el mismo y presentar las correspondientes reclamaciones o rectificaciones, durante los días del martes, 16 de mayo, al viernes, 16 de junio próximos, los martes y jueves de 20 a 22 horas, que serán resueltas por la Comisión Electoral y que aprobará definitivamente el censo.
Durante este plazo los hermanos con cuotas pendientes podrán ponerse al corriente del pago de las mismas.
Sevilla. 16 de febrero de 2017
El Secretario
Vº Bº
El Hermano Mayor
Alberto Venegas Montañés
Isidro González Suárez