Consideraciones sobre el aborto voluntario

Desde estas páginas del Boletín, quiero contribuir, con un ínfimo granito de arena, a clarificar algo las cosas en este maremágnum de ideas que, sobre la interrupción voluntaria del embarazo, está asaeteando y confundiendo a la sociedad.
En España, actualmente, el aborto no es libre dentro de las veintidós primeras semanas de gestación como muchos creen. En España, actualmente, el aborto es un delito tipificado en el código penal y la Ley Orgánica 9/1985 introduce tres supuestos, muy concretos. en los que el aborto no será punible:
1º Que sea necesario para evitar un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto. En caso de urgencia o riesgo vital para la gestante, podrá prescindirse del dictamen y del consentimiento expreso.
2º Que el embarazo sea consecuencia de un hecho constitutivo de delito de violación del artículo 429, siempre que el aborto se practique dentro de las doce primeras semanas de gestación y que el mencionado hecho hubiese sido denunciado.
3º Que se presuma que el feto habrá de nacer con graves taras físicas o psíquicas, siempre que el aborto se practique dentro de las veintidós primeras semanas de gestación y que el dictamen, expresado con anterioridad a la práctica del aborto, sea emitido por dos especialistas del centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquél por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto.
Esta y no otra es la legalidad vigente al respecto, y sobre ella hago dos observaciones: una, que sea la legalidad vigente, no quiere decir que sea moralmente aceptable; y dos, la perversión del sistema hace que los tres supuestos se conviertan en la práctica en aborto libre, ya que es sumamente fácil encontrar, en el mismo centro abortista, dos facultativos sin escrúpulos, uno que dictamine que el embarazo supone un grave peligro para la salud física o psíquica de la embarazada y otro que practique el aborto. El resultado es que en España se están practicando del orden de 120.000 abortos, declarados, anuales, de los cuales la mayoría serian punibles por la legislación española, por no cumplir, realmente, ninguno de los tres supuestos de despenalización, y ello ante la impasividad de la administración de justicia, en particular del ministerio fiscal, y con la aquiescencia de las administraciones ejecutiva y legislativa, porque en el fondo lo que se está pretendiendo es el aborto libre, vulnerando, o lo que es peor pervirtiendo la legislación vigente.
No obstante esta situación de hecho, el gobierno y el parlamento españoles, apoyados por distintos sectores de la sociedad y amparados en su mayoría parlamentaria, pretenden ampliar la permisividad del aborto, reconociendo a la mujer fecundada el derecho a destruir a la criatura no nacida sin necesidad de cumplir supuesto alguno, por su simple deseo o decisión de hacerlo, con la única limitación de hacerlo dentro de las catorce primeras semanas de gestación y que la gestante tenga mas de 16 años, o menos con el consentimiento de sus padres o tutores. Para hacer esta aberración legislativa, quieren contar con el mayor respaldo de la sociedad, llevándose a cabo, desde hace años, una campaña encubierta, con el único objeto de confundir las conciencias de los ciudadanos de buena voluntad, con falsos planteamientos e información sesgada, incompleta o tendenciosa, cuando no falsa. Por eso, las personas que creemos sin tibieza y sin limitaciones en el derecho a la vida y nos sentimos comprometidas, socialmente, con su defensa, para que nunca pueda ser vulnerado en nuestra sociedad, por razones del mas elemental respeto a esa sociedad y a las personas, debemos pronunciarnos contundentemente y con sólidos argumentos, intentando evitar, que al amparo de la ley, se pueda destruir impunemente a criaturas humanas no nacidas.
Que el óvulo fecundado es un ser vivo, no engendra la menor discusión. Que desde el primer instante de la fecundación, esté o no implantada en el útero materno, la nueva criatura tiene una carga genética de 46 cromosomas, 23 procedentes del padre y 23 de la madre, que constituyen su genoma humano, que cada persona tiene su propio genoma, que contiene toda la información, que se encuentra almacenada en todas y cada una de sus células y que le define e identifica como ser único e independiente. El genoma humano, ese gran libro de la vida que contiene las instrucciones que determinan las características físicas, incluso el sexo, y en parte psicológicas e intelectuales del individuo, para toda su vida. Quiere decir que desde el primer instante de su concepción, y no nos dejemos engañar, el nuevo ser está vivo, es humano, tiene toda la carga genética que mantendrá durante toda su vida y es un ser único e independiente del padre y de la madre, aunque necesite a ésta para desarrollarse y nacer.
Desde el punto de vista jurídico, el artículo 15 de la Constitución dice: “Todos tienen derecho a la vida, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempo de guerra”. Por otra parte el artículo 29 del Código Civil dice: “El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables…” En el artículo 627 del Código Civil se admiten expresamente las donaciones hechas a los concebidos no nacidos y el propio Código Civil admite como heredero legítimo al nasciturus. Si la Ley de Leyes reconoce a todos el derecho a la vida y el ordenamiento jurídico español reconoce al concebido y no nacido derechos civiles, sería aberrante no garantizarle el más elemental de todos los derechos: el derecho a la vida, e incluso darle una especial protección por tratarse del ser mas vulnerable e indefenso de cuantos existen.
En cuanto a la información sobre la interrupción voluntaria del embarazo, que desde sectores pro-abortistas se suministra a la sociedad en general, y en particular a las mujeres y adolescentes que se encuentra en la tesitura de decidir sobre el aborto voluntario, es sesgada, incompleta o tendenciosa, cuando no falsa.
En primer lugar, la criatura concebida no es un apéndice, protuberancia o conjunto de células que forman parte del cuerpo de la madre, quien tiene el derecho soberano a decidir sobre su continuidad o su extirpación. Como hemos visto anteriormente, y sin lugar a dudas, es un ser nuevo, humano, único en su especie con todas sus características genéticas definidas e independiente de la madre, aunque, como decíamos, necesite de ella para desarrollarse y nacer.
En segundo lugar, no se informa adecuadamente sobre los métodos abortivos. Los más usados quirúrgicamente son: La succión o aspiración, el abortista tras dilatar el cuello del útero introduce una cánula conectada a un aspirador y el cuerpo de la criatura es destrozado a medida que es aspirado a través de la cánula. La dilatación y legrado o curetaje (D&C), tras la dilatación del cuello del útero, se introduce una especie de cucharilla de bordes cortantes llamada legra o "cureta", que trocea bien a la placenta y al hijo, al ser paseada de arriba abajo por toda la cavidad del útero. Los trozos así obtenidos se extraen con la misma legra. La dilatación y evacuación (D&E), tras la dilatación del cuello del útero el abortista introduce unos fórceps, parecidos a un alicate, con los cuales arranca y retira, pedazo a pedazo, las partes del cuerpo del bebé; como la cabeza es demasiado grande, tiene que aplastarla antes de extraerla. El aborto por nacimiento parcial o dilatación y extracción (D&X), tras dilatar el cuello del útero durante dos días, el abortista, mediante unos fórceps y guiado por la ecografía posiciona a la criatura y extrae sus piecitos, con sus manos, extrae el cuerpo entero del bebé, dejando la cabeza en el interior pero vista desde el exterior, con unas tijeras perfora la cabeza del niño en la base del cráneo y mediante una cánula y una aspiradora extrae la masa cerebral para que la cabeza pueda salir sin dificultad. El aborto por inyección intraamniótica, se inyecta en el líquido amniótico en que vive el hijo, a través del abdomen de la madre, una solución salina hipertónica o una solución de urea que envenena a la criatura, produciéndole además extensas quemaduras. En ocasiones, el hijo nace vivo y hay que matarlo o dejarlo morir a la vista de todos.
Estoy seguro de que si se difundiesen estos métodos, muchas personas pro-abortistas dejarían de serlo y sin lugar a duda, muchas madres que optan por el aborto, de ninguna forma consentirían que se le practicasen estas atrocidades a su bebé.
Nos quieren hacer ver que el aborto libre es una medida progresista, cuando lo realmente progresista es la defensa de la vida, por tanto que nadie se sienta reaccionario por defender la vida.
Nos quieren hacer ver que el aborto libre y gratuito es una medida social, cuando lo realmente social es que las administraciones públicas garantizasen a todas las madres y familias las circunstancias necesarias, empleo, vivienda, educación, sanidad, etc., para que ninguna se viese abocada a interrumpir el embarazo de un hijo por imposibilidad de criarlo dignamente.
Nos quieren hacer ver que el aborto libre es una medida feminista, cuando lo realmente feminista es dar a la mujer la formación e información necesaria y poner a su alcance los métodos anticonceptivos necesarios para que no tuviesen que sufrir la tragedia de un aborto voluntario.
Nos quieren hacer ver que el aborto libre es un derecho de la madre, obviando el derecho anterior e inviolable del nuevo ser a la vida e ignorando que la madre ya ha ejercido su libertad al engendrarlo, nadie la ha obligado a hacerlo, y todo derecho y decisión que se toma en la vida debe ser responsable y coherente con sus consecuencias. La madre no tiene derecho a engendrar libremente y después matar a la criatura engendrada.
Y todo esto no es cuestión de ideologías políticas ni de credos religiosos, se puede ser de izquierda o de derecha y defender el derecho a la vida, es mas, no entiendo como se puede ser de izquierda o de derecha y no defender el derecho a la vida de los más débiles e indefensos. Se puede ser de cualquier credo religioso o de ninguno y defender el derecho a la vida, es más, no encuentro ninguna justificación moral o ética para no defender el derecho a la vida.
El derecho a la vida, desde el primer instante de la concepción de un ser humano, es un derecho natural y por tanto ningún legislador, por mucha mayoría que lo sustente puede legislar ignorando este derecho inviolable, ni siquiera una mayoría en referéndum estaría legitimada para ello. El que una sociedad, basándose en la mayoría, legislase vulnerando el derecho a la vida del ser humano desde el primer instante de su concepción, sería la mayor perversión de un sistema democrático.
Juan Ramón Cuerda Retamero Hermano Mayor